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Se
entrega al cliente un documento no negociable denominado Matrícula
de Amacenamiento Afianzado, como respaldo de las mercaderías
que depósita en la almacenera.
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Suspende
el pago de aranceles e impuestos hasta la nacionalización de
la mercadería.
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Durante
el período de permanencia se pueden realizar nacionalizaciones
parciales, desglosando la factura comercial mediante "Facturas
informativas" emitidas por la Almacenera.
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Los
retiros parciales se realizan previo el pago proporcional de los impuestos
generados, lo que permite una planificación más efectiva
de los recursos financieros destinados a la nacionalización.
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Las
mercaderías acogidas al régimen podrán trasladarse
directamente del medio de transporte al depósito, cuando la
declaración a este régimen se hubiere presentado en
la Aduana de la respectiva jurisdicción del depósito,
con anterioridad a la llegada del medio de transporte.
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La
inspección de la mercadería acogida en este régimen,
puede ser efectuada en origen.
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El
aforo de las mercaderías se realiza en las instalaciones de
la Almacenera.